Las comisiones de Presupuesto y Hacienda y de Asuntos Constitucionales del Senado escucharon este martes por la mañana las exposiciones de la Unión del Personal Civil de la Nación (UPCN) y de la Asociación del Personal Superior (APS) de la Municipalidad de Paraná en torno al proyecto del Ejecutivo sobre reforma previsional.

Se presentó en primer lugar la secretaria adjunta de UPCN, Carina Domínguez, acompañada por Sandra Varas. “Celebramos el debate en la Legislatura”, planteó Domínguez. “Venimos discutiendo algunos temas con el Gobierno, y hoy venimos a plantear nuestra posición y traer aportes, ideas para defender nuestros escalafones”.

La sindicalista apuntó a la defensa principalmente de las cocineras, personal de salud y promotores del Consejo Provincial del Niño, el Adolescente y la Familia (Copnaf). “Esta reforma está planteada desde la economía, el déficit, y es importante buscar alternativas” sostuvo, para señalar que se busca una “reforma integral”.

“La posición de UPCN siempre fue discutir, nuestra postura no es la queja; estamos planteando aspectos realistas que le preocupan a nuestros trabajadores hoy y a largo plazo”, manifestó. Y afirmó que desde el sindicato defenderán fuertemente dos puntos centrales: sostener 30 años de aportes, y 120 meses para el cálculo del haber previsional.

Junto a Varas, explicaron que también pretenden discutir temas como la edad, movilidad, emergencia, realidad de los municipios, y deslizaron la propuesta de una Comisión de seguimiento de la reforma. “El trabajador la está pasando mal, hay un contexto económico que no favorece, no le sumemos este problema”, pidió Domínguez a los legisladores.

Posteriormente, fue el turno de la secretaria general de la APS, Alejandra Levrand. “Rechazamos la reforma de esta forma que está planteada”, aseveró. En relación a la emergencia, subrayó que “confiere amplias facultades al Poder Ejecutivo”. En esta línea cuestionó, artículo por artículo, lo relacionado al cálculo del haber, la edad, inequidades de género, movilidad, aportes, delegación de facultades, entre otros.

“No todos tenemos la posibilidad de trabajar en oficinas con aire acondicionado y calefacción, la mayoría de los municipales trabajan en la calle”, resaltó Levrand. En este sentido hizo hincapié en que “los sueldos municipales son muy bajos”, en tanto de implementar esta reforma sería un “ajuste brutal sobre condiciones de vida de pasivos y activos, dinamita la autonomía municipal, se asfixia a las comunas”. “Este proyecto agrava los problemas y cada artículo tendría un impacto real en miles de familias entrerrianas”, finalizó.

 

Las modificaciones propuestas

El proyecto del Poder Ejecutivo que ahora analiza el Senado apunta a modificar el esquema del regimen previsional contenido en la Ley N° 8.732.

En el Título 1 del proyecto de 46 artículos, se declara el estado de emergencia económica y financiera, configurativo de causal de fuerza mayor y con carácter de orden público, del sistema previsional provincial, a los fines de restaurar su equilibrio, resguardar su sustentabilidad y la sostenibilidad de los fondos previsionales, hasta el 31 de diciembre de 2.027, que puede ser prorrogable.

Se aplicará a los tres poderes del Estado provincial, incluyendo entes descentralizados, autárquicos, autónomos, empresas y sociedades del Estado, cualquiera sea su dependencia jerárquica y su conformación jurídica estatutaria, a los Municipios y Comunas adheridos al sistema previsional y los demás sujetos alcanzados por el régimen de la Ley 8.732 y sus modificatorias.  Se autoriza al Poder Ejecutivo a adoptar las medidas necesarias para resguardar la sustentabilidad y sostenibilidad del sistema previsional.

Se establece un aporte personal extraordinario adicional, el cual se calculará sobre el total de la remuneración bruta liquidada al personal en actividad, quedando exceptuados quienes perciban haberes menores a $3.000.000. Por cada millón sobre ese monto se aporta un punto más, hasta llegar al tope de 16 millones con un 8% de aporte. También se incrementan en un tres por ciento (3%), con carácter excepcional, los aportes patronales.

En el Título 2 se estipula el orden público, con su aplicación a los tres poderes del Estado, y las modificaciones a los distintos artículos de la Ley del sistema previsional. Se establecen las funciones de la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia de Entre Ríos, y del presidente del organismo.

En el artículo 18 se establece que tendrán derecho a la jubilación ordinaria común los afiliados que: a) Hubieran cumplido sesenta y cinco (65) años de edad. b) Acrediten treinta y cinco (35) años de servicios computables en uno o más regímenes comprendidos en el Sistema de Reciprocidad Jubilatoria. La edad jubilatoria para aquellos afiliados que comiencen a aportar al sistema previsional provincial con posterioridad a la entrada de vigencia de la ley, será de sesenta y ocho (68) años.

En los artículos siguientes se habla del derecho a la jubilación ordinaria especial; Jubilación por edad avanzada; Jubilación por invalidez; Pensión. En cuanto al haber de la jubilación ordinaria, será equivalente al ochenta y dos por ciento (82%) del promedio actualizado de las últimas doscientas cuarenta (240) remuneraciones mensuales brutas y sujetas a aportes que se hubieren efectuado al momento de la cesación en el servicio.

Por último en el Título 3 se estipulan las disposiciones finales y normas transitorias. Se establece que la edad prevista en el proyecto comenzará a regir una vez transcurridos cinco (5) años desde el año de entrada en vigencia de esta última, inclusive. Cumplido dicho plazo, la edad jubilatoria se incrementará de manera gradual a razón de seis (6) meses en cada año calendario, hasta alcanzar los sesenta y cinco (65) años. Asimismo, se incrementará a razón de un (1) año de aporte por cada dos (2) años calendarios hasta llegar a los treinta y cinco (35) años de servicio.

 

 

De la Redacción de Entre Ríos Ahora