En sesión especial, la Cámara de Senadores aprobó este martes por mayoría el proyecto de ley impulsado por el Ejecutivo que reglamenta el último párrafo del artículo 60° de la Constitución Provincial. La iniciativa, que contaba con la sanción de Diputados, limita la derogación de leyes por inconstitucionalidad.
“La presente ley -plantea el texto aprobado por los senadores- tiene por objeto reglamentar el procedimiento aplicable al efecto derogatorio previsto en el Artículo 60, último párrafo, de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, respecto de las normas generales emanadas de órganos provinciales, municipales o comunales cuya inconstitucionalidad hubiere sido declarada por tres veces, mediante sentencia firme del Superior Tribunal de Justicia, en la parte afectada por el vicio constitucional”.
El artículo 2° establece: “El efecto derogatorio previsto en el artículo 60, último párrafo, de la Constitución Provincial será aplicable respecto de leyes, decretos, ordenanzas, reglamentos o resoluciones de carácter general, en tanto contengan normas generales cuya inconstitucionalidad hubiere sido declarada por sentencia firme del Superior Tribunal de Justicia, conforme los requisitos establecidos en la presente ley. La derogación se limitará a la parte específicamente afectada por el vicio constitucional declarado”.
Y agrega luego: “A los fines exclusivos del cómputo de las tres declaraciones de inconstitucionalidad que habilitan el efecto derogatorio previsto en el Artículo 60, último párrafo, de la Constitución Provincial, serán computables únicamente las sentencias firmes dictadas por el Superior Tribunal de Justicia, en pleno, en acciones de inconstitucionalidad contra leyes, decretos, ordenanzas, reglamentos o resoluciones de carácter general, sea que hubieren sido promovidas por quien invoque un interés jurídico propio, conforme el artículo 60 de la Constitución Provincial, o por todo habitante en el solo interés de la legalidad, conforme el Artículo 61 de la Constitución Provincial. A tal efecto, las declaraciones deberán recaer sobre el mismo precepto normativo, o sobre la misma parte jurídicamente separable de aquél, y fundarse en el mismo vicio constitucional. No serán computables a los efectos derogatorios las declaraciones de inconstitucionalidad dictadas en procesos judiciales distintos de las acciones previstas en el primer párrafo, ni las efectuadas de oficio”.

Senador Juan Pablo Cosso (PJ).
En el debate, el senador Juan Pablo Cosso (PJ) explicó que el proyecto llegó al recinto sin dictamen de la Comisión de Asuntos Constitucionales y Acuerdos. Señaló además que, debido al apresurado tratamiento de la norma, no fue posible consultar la postura de la Asociación de la Magistratura.
Entre sus principales cuestionamientos, remarcó que la ley restringe el alcance de las acciones de inconstitucionalidad, principalmente la vía del amparo, y condiciona el accionar del Superior Tribunal de Justicia. En ese sentido, calificó la iniciativa como una “gran contradicción”, al advertir que adopta la postura minoritaria del fallo González Elías emitido por el STJ. “Se trata del resguardo de normas que van a afectar a una gran cantidad de personas en el territorio. Entendemos que es una manera sutil de blindar la ley de reforma previsional”, afirmó Cosso.
A favor del proyecto, el senador Jaime Benedetti (Juntos por Entre Ríos) argumentó que la iniciativa busca aportar “seguridad, certeza jurídica y razonabilidad”, al tiempo que garantiza “que haya un plazo adecuado para responder, posibilidad de ofrecer pruebas y que todas las partes involucradas en el proceso tengan intervención”.

Senador Jaime Benedetti (Juntos).
Por otro lado, el legislador remarcó: “Nosotros no tenemos la última palabra, pero entendemos que estamos ejerciendo un legítimo derecho de reglamentación”. Finalmente, sostuvo que “con la publicidad y el registro de sentencias que propone el proyecto se garantiza la transparencia que tanto exige la sociedad”, por lo que solicitó el voto favorable del cuerpo.
Por último, el senador Víctor Sanzberro (PJ) centró su intervención en los aspectos técnicos del proyecto, aunque también vinculó su tratamiento con el debate sobre la reforma previsional recientemente sancionada. En ese sentido, recordó que su bloque no acompañó aquella iniciativa por considerar que tendría un impacto restrictivo sobre jubilados y trabajadores. Dijo que la iniciativa pretende “blindar” esa norma.
Además, cuestionó que la reglamentación pueda restringir el mecanismo previsto por el artículo 60° de la Constitución Provincial y afirmó: “Lo que nosotros creemos es que no lo puede restringir, mucho menos de manera tan profunda hasta tornarlo difícilmente aplicable”.
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

