En una resolución dictada por la titular del Juzgado de Familia Nº 5 de Paraná, se intimó “a la Municipalidad de Parana, al Poder Ejecutivo de la Provincia de Entre Ríos – Secretaría de Ambiente-, al Defensor del Pueblo de Paraná, al Foro Ecologista de Paraná” a que “procedan en el término de 45 días corridos”, luego de ser notificado a que acompañen “un Plan de Acción para hacer efectiva la reubicación del Volcadero” de la ciudad.
En la resolución, firmada este 15 del actual, la magistrada también ordenó un protocolo para evitar los focos ígneos en el vertedero de residuos y expresamente prohibió al Municipio de Oro Verde que derive sus desperdicios al basural de la capital entrerriana, se indicó en el texto al que accedió ERA Verde.
Desde el Foro Ecologista se mostraron sorprendidos porque, siendo el actor que inició la demanda de cumplimiento de sentencia para sanear el vertedero, se los condena a la par de las instituciones del Estado. La abogada de la entidad ambiental adelantó que apelarán la medida y apuntó que la jueza Yanina Yzet confunde la comuna que deposita sus residuos en Paraná, ya que quien los deriva sus desperdicios desde hace dos años es Colonia Avellaneda.
En los primeros días de abril del corriente, tras 19 años de haberse iniciado una demanda por las quemas y estado crítico del vertedero a cielo abierto de la capital entrerriana, el Foro Ecologista Paraná presentó un escrito a la Justicia en donde reclamó por el incumplimiento una sentencia que data de 2009. En aquella resolución judicial determino el saneamiento del Volcadero y ordenó llevar adelante medidas para que cesen los focos ígneos, se implemente un plan de gestión integral de residuos y se traslade los residuos urbanos a un predio acondicionado como relleno sanitario.

Yanina Yzet, la jueza que confundió Oro Verde con Colonia Avellaneda.
Ese pedido fue tomado por la titular del Juzgado N° 5, Yanina Yzet, quien intimó a que informen al respecto la Municipalidad y el Gobierno provincial. En ese orden, la Fiscalía de Estado y la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos explicaron que el lugar donde se iba a trasladar el Volcadero se tornó inviable porque a escasos metros se implantó un plan de 500 viviendas, por lo cual el plan “se vio neutralizado por una colisión de políticas públicas de incompatible coexistencia”.
Asimismo, manifestaron que la competencia primaria de la “higiene urbana” es municipal, al tiempo que dieron cuenta de la mesa de diálogo en la que participan en el ámbito de la Defensoría del Pueblo de Paraná y la instancia abierta donde apuestan a la “regionalización del tratamiento de RSU como la única vía técnica viable para el cierre definitivo de vertederos a cielo abierto”, algo que rechaza el Foro Ecologista Paraná.
No en mi patio trasero
Por su parte, ante la demanda del Foro por el incumplimiento de sentencia, la novedad se produjo este viernes 15 de mayo. La jueza Yzet dispuso el cumplimiento de tres puntos, a saber:
1– “Requerir a la Municipalidad de Paraná, al Poder Ejecutivo de la Provincia de ER – Secretaría de Ambiente de Entre Ríos, al defensor del Pueblo de Paraná, al Foro Ecologista de Paraná, procedan en el término de 45 días corridos a contar desde la notificación de la presente, a acompañar un Plan de Acción para hacer efectiva la Reubicación del Volcadero de Paraná, que incluya: lugar, acciones necesarias, actores involucrados, análisis de impacto, con cronograma de implementación escalonado (principio de progresividad, art. 4 LNA). Cumplido ello se ordenarán las Inspecciones Judiciales necesarias desde el Juzgado con asistencia técnica de las partes intervinientes, fijándose además las audiencias públicas previstas por el artículo 21º LNA”.
2– “Se debe concretar y presentar dentro del mismo plazo el Protocolo de Atención Y Sofocamiento de Focos Ígneos –con Identificación y rol de participación de los organismos a intervenir– y trazarse las pautas para la concreción del programa piloto de tratamiento y clasificación de residuos en cada barrio de la ciudad, con duración determinada, realizando un diagnóstico previo, así como en relación a los talleres de sensibilización y concientización ambiental, para luego realizar un posterior monitoreo de los resultados. Debe incluir la capacitación de capacitadores para los talleres que se dará en los barrios que se articulará entre la ONG y la Coordinación Operativa Ambiental”.
3– “Hacer saber a la Municipalidad de Parana que en el marco de las sentencias dictadas en fecha 27/06/07 y 16/12/13, está prohibido que otro municipio proceda a depositar la basura en el Volcadero Municipal de Paraná”.
4– “Hacer saber a la Municipalidad de Oro Verde que en el marco de la ley 25675 y de lo aquí dispuesto, le está Prohibido traer a la ciudad de Paraná los residuos de cualquier tipo que resulten de su localidad”.
Conocido el fallo, la abogada del Foro Ecologista, Aldana Sasia, adelantó a ERA Verde que es “absolutamente recurrible por el Foro”. En este sentido apuntó: “Vamos a apelar. Porque nos condena a nosotros como actores a trabajar en un plan de traslado del sitio de disposición. Además de que somos actores, somos una organización sin fines de lucro, no tenemos ningún tipo de financiamiento, sostenemos esto a pulmón y encima nos condena a organizar un proyecto, un plan de traslado. Por otro lado, (la jueza) confunde la participación de la Defensoría del Pueblo y que el municipio que está tirando desde hace dos años (la basura en Paraná) es el municipio de Colonia Avellaneda y no Oro Verde. Toda una mal interpretación del proceso que, la verdad, sorprende”, expresó.
Plan de acción Volcadero Paraná by ERA Verde
De la Redacción de Entre Ríos Ahora

